martes, 10 de mayo de 2011

Normas UNEFA

NORMATIVA PARA LA ELABORACIÓN DE TRABAJOS
CONDUCENTES A TÍTULOS ACADÉMICOS

La normativa para la elaboración de trabajos conducentes a títulos académicos de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, Unefa, creada por Decreto Presidencial el 26 de Abril de 1999 (antiguo Instituto Universitario Politécnico de las Fuerzas Armadas, IUPFAN,1974), será el instrumento administrativo que determina el régimen legal de estudios de pregrado y postgrado conducentes a títulos, por consiguiente se norman todas las actividades relacionadas con la elaboración, presentación y evaluación de los trabajos de licenciatura, trabajos de ingeniería, trabajos de especialización técnica, trabajos especiales de grado, trabajos de grado y tesis doctoral. Las pautas conservan los lineamientos, la flexibilidad y las exigencias del Reglamento General de la Unefa, y el Reglamento de Investigación y de las políticas y decisiones que dicte la institución.

Disposiciones Generales
ARTÍCULO 1
La presente normativa determina el régimen legal de estudios de pregrado y postgrado conducentes a títulos de Licenciatura e Ingeniería, Especialización Técnica, Especialización, Maestría y Doctorado de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (UNEFA).

ARTÍCULO 2
La presente normativa, tiene por finalidad normar todas las actividades relacionadas con la elaboración, presentación y evaluación de los siguientes trabajos: Trabajo de Licenciatura, Trabajo de Ingeniería, Trabajo Técnico de Especialización, Trabajo Especial de Grado, Trabajo de Grado y Tesis Doctoral en la UNEFA.

ARTÍCULO 3
Es obligatorio para los profesores, alumnos (as) y demás participantes en el proceso investigativo, tener un conocimiento completo del reglamento de investigación y del manual de normas y procedimientos para la elaboración de los trabajos conducentes a títulos académicos, para un mejor uso, comprensión y aplicación de este instrumento.

ARTÍCULO 4
El abordaje de la investigación dependerá del fenómeno de estudio y de la corriente del pensamiento del sujeto investigador, por consiguiente se aceptan los trabajos que conduzcan a un título académico enmarcados por su naturaleza en empíricos, teóricos, metodológicos, crítico-evaluativos, o cualquier modalidad emergente, aceptada por la comunidad científica académica, siempre y cuando el alumno en su Trabajo, logre justificar de manera satisfactoria la metodología seleccionada. Además de estar insertos en las líneas Rectoras de Investigación del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, como también en las Líneas Potenciales y Líneas Operativas de la
UNEFA.

ARTÍCULO 5
Las investigaciones de pregrado y postgrado están dirigidas a fortalecer y profundizar la pertinencia científica - académica, social y ética de los estudios que se realizan con posterioridad a la adquisición del título previo, en el marco del proceso de desarrollo que vive el país y bajo la dirección de la comunidad académica institucional.

NOTA: Para descargar las Normas Completas de Nuestra Casa de Estudios, debes pulsar el siguiente link:http://www.unefa-tachira.edu.ve/portal3/leyes/5.pdf